Amparos de salud
Ante la vulneración de derechos y garantías constitucionales como son:
- EL DERECHO A LA SALUD,
- EL DERECHO DE ACCESO A LA SALUD,
- Y EL DERECHO A LA VIDA DIGNA,
por parte de las Prepagas y las Obras Sociales cuando éstas evitan otorgar las prescripciones médicas recomendadas por las/los expertas/expertos tratantes (como tratamientos farmacológicos, intervenciones quirúrgicas, tratamientos no invasivos, internaciones, cuidadoras - servicio enfermería parcial o full time, geriátricos, prótesis, servicios fuera de la cartilla, entre otros), o proceden a efectuar desafiliaciones caprichosas, se deben realizar RECLAMOS FEHACIENTES -Reservando debidamente el derecho y las garantías conforme la normativa nacional e internacional vigente- en forma directa y en caso de obtener la negativa o una falta de respuesta por parte de las entidades o empresas de salud, se puede proceder a la apertura del expediente judicial "AMPARO". El mismo se utiliza para obtener una solución judicial efectiva y rápida.
En la práctica se experimenta cierta demora con lo cual se recomienda iniciar las solicitudes en forma inmediata al conocimiento del problema.
