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Servicios legales

Despidos laborales

El despido es la acción a través de la cual un/a empleador/a da por finalizado unilateralmente un contrato laboral con su empleado/a.

Se recomienda que antes de arribar a un acuerdo, de formular la renuncia por telegrama, o de realizar cualquier acto en el que cambie su posición respecto a su situación y vínculo de trabajo, se asesore a fin de reservarse correctamente los derechos que como trabajador/a lo/la protegen.

Al estar en una relación laboral hay cuestiones que las personas implicadas en dicho vínculo deben cumplir (por ejemplo el empleador debe: contratar en forma registrada, la registración debe ser conforme la situación que refleje la realidad, mala categorización, diferencias salariales, horas extras impagas y el trabajador presentarse a su trabajo, cumplirlo en debida forma, ser respetuoso y evitar sanciones).- para el caso que alguna de las partes incumpla con sus obligaciones, da lugar a que el otro implicado entienda que hay motivos para finalizar el vínculo.

En los casos de despido directo o común es el empleador quien decide poner fin a la relación laboral puede ser con causa o sin causa, lo que deberá analizarse si merece indemnización o no, en cambio, en el despido indirecto se da la situación inversa el trabajador vislumbra situaciones que no se están cumpliendo por parte del empleador, así que deberá plantearlo fehacientemente y solicitar su regularización, si el empleador mantiene su posición y no admite o contempla la observación puede ser motivo de una injuria y consecuentemente motivo de darse por despedido indirectamente. En efecto, en el despido indirecto es el trabajador quien resuelve poner fin a la relación laboral porque la conducta de su empleador, que incurrió en graves incumplimientos de sus obligaciones, hace imposible la continuación de la relación laboral. En suma el despido indirecto es una consecuencia del incumplimiento grave del empleador. En base a esto, el derecho del trabajo atribuye al trabajador el derecho a reclamar la misma indemnización a la que tendría derecho si fuera despedido injustamente.

Los elementos componentes del despido indirecto son tres:

La jurisprudencia y la doctrina consideran que en los casos de despido indirecto el operario se ve constreñido a rescindir el contrato de trabajo en virtud del comportamiento del empleador que ha hecho imposible la continuación de la relación de empleo, aclarando que la resolución ocurre por culpa del empleador, tal como si fuera él quien disolviese el vínculo.

Para demostrar el despido indirecto, se requiere probar que el empleador cometió un incumplimiento grave o intolerable de sus obligaciones, a causa de la cual la situación se ha tornado insoportable para continuar la relación laboral, el incumplimiento del empleador debe de ser grave, en el sentido de generar una situación intolerable, insoportable para el trabador.

Las principales causas por las cuales fueron acogidas demandas por despido indirecto son, entre otras, las siguientes:

Para el caso que el despido resulte de faltas graves del empleador y/o escondan otra causa se podrá considerar un despido abusivo (por ejmeplo utilización de un accidente o enfermedad profesional, con motivo de una enfermedad común, gravidez, período de lactancia, o maternidad, acoso sexual, trabajador sindicalizado o dirigente sindical, o por denuncia ante anses/ afip por irregularidades en la información aportada por el empleador a la historia laboral/ previsional del trabajador)

foto de una mujer que saca sus pertenencias de su oficina debido a su despido